CURSO 2019/20 - Para alumnos en Segundo Ciclo de Educación Infantil o en Educación Primaria - Presentar entre el 27 de mayo y finaliza el 7 de junio de 2019.

La Rioja

Tipo de prestación: : Educación

AYUDAS PARA FINANCIAR PARCIALMENTE COMEDOR ESCOLAR.
Para alumnos escolarizados - en centros públicos o concertados - en Educación Infantil y Primaria de La Rioja, dirigidas a financiar parcialmente los gastos del servicio de comedor escolar.

Requisitos
1. No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar, provenientes de otras instituciones u organismos públicos o privados.
2. Estar matriculado en un centro con comedor escolar debidamente autorizado para el curso que se solicita la ayuda.
3. La renta per cápita de la unidad familiar del ejercicio 2018 no podrá superar el importe de 6.000 euros.
4. El rendimiento de capital mobiliario del ejercicio 2018 no podrá superar el importe de 2.000 euros.
5. Tener residencia efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuantía de las ayudas. La cuantía máxima de cada tipo de ayuda será la siguiente:
1. Ayuda tipo 1: 480 euros, para tramos de renta per cápita inferiores o iguales a 4.000 euros.
2. Ayuda tipo 2: 240 euros, para tramos de renta per cápita situados entre 4.000,01 y 4.600 euros.
3. Ayuda tipo 3: 120 euros, para tramos de renta per cápita situados entre 4.600,01 y 6.000 euros
Aportación de documentos: junto con la solicitud.
La firma de la Solicitud por el representante del alumno dará lugar a la autorización a consultar los datos necesarios para la valoración de la misma.
En caso de no autorizar, se precisará la oposición expresa e individual de los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años (a fecha 31/12/2018), ver apartado 6 de la solicitud. Las oposiciones a consultar datos precisarán que los interesados adjunten la documentación expedida por el órgano cedente de la información a la que se oponen.
Junto con la solicitud se aportará la siguiente documentación:
- Libro de familia
- Sentencia de separación o divorcio, si procede
- Certificado de defunción, si procede
- Certificado expedido por la Hacienda Foral de los ingresos, del año 2018. SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES
- Volante de empadronamiento o documento equivalente donde consten todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2018. SALVO para los empadronados en las siguientes localidades: Alfaro, Arnedo, Calahorra, Ezcaray, Haro, Logroño, Nájera.
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración. Si se hace de manera electrónica, escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica: desde el botón Tramitar. En este momento serán rederigidos a la Secretaría Virtual de RACIMA, desde donde se GRABARÁ la SOLICITUD. De forma presencial a través de la Secretaría del Centro Escolar correspondiente, la Oficina de Registro del órgano competente, oficinas de registro
Plazos
• Plazo de presentación de solicitudes
Plazo ordinario: El plazo comienza el día 27 de mayo y finaliza el 7 de junio.
Plazo extraordinario: 10 días hábiles desde el día siguiente al de la formalización de la matrícula, para todos los alumnos nuevos, o desde el inicio de la prestación del servicio de comedor, para aquellos alumnos de centros cuyo comedor escolar inicie su actividad a lo largo del curso.
Plazo de resolución y notificación: El plazo para resolver y notificar la resolución de concesión de la subvención será de seis meses, contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
No tiene tasa
Organismo
• Consejería competente: Consejería de Educación, Formación y Empleo
• Órgano competente: Dirección General de Educación
• Unidad tramitadora: Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas
• Cargo que resuelve: Consejero/a

Más información